Aguinaldo en México, Preguntas Frecuentes

Aguinaldo para Trabajador de confianza Aguinaldo para trabajador por honorarios Cuándo deben pagar el aguinaldo Cuánto me corresponde de aguinaldo

¿Qué es el aguinaldo y cómo se paga?
Es una prestación anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre y equivale a quince días de salario como mínimo, para los trabajadores que ya han cumplido un año de servicio.

 

¿Cuánto debo recibir de aguinaldo?
Por lo menos 15 días de salario diario, no integrado, es decir sin incluir prestaciones.

 

¿Cuándo debo recibir mi aguinaldo?
Durante el mes de diciembre, a más tardar el día 20, aunque bien puedes acordar con tu empleador que te entregue el 50% a principios de año para que cuentes con algo seguro.

 

¿Pueden pagarme el aguinaldo en especie?
No, el artículo 101 de la LFT marca que, tanto el aguinaldo como el salario, deben pagarse en efectivo y con la moneda en curso legal.

 

¿Tengo derecho a recibir mi aguinaldo aunque no trabajé todo el año?

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.  

Soy personal de confianza ¿tengo derecho a recibir aguinaldo?

Según la Ley Federal del Trabajo, todas aquellas personas que presten un servicio personal subordinado para persona Física o Moral deben recibirlo; esto quiere decir que aun los empleados de confianza tienen derecho a esta prestación.

 

Trabajo por honorarios ¿deben pagarme aguinaldo?

No, a menos que la prestación de servicios sea de manera permanente, a un solo patrón y cubra un horario de trabajo con duración de la jornada máxima legal de 8 horas de manera obligatoria; o bien tenga un lugar fijo asignado dentro de la empresa o establecimiento y reciba instrucciones de un superior inmediato.

 

¿Aunque ya no trabaje en la empresa puedo cobrar mi aguinaldo?
No importan las razones por las cuales dejaste de trabajar, si no te pagaron la parte proporcional que te correspondía, puedes reclamarlo en el plazo de un año.

 

Soy comisionista ¿cómo calculo mi aguinaldo?
Debes calcular el promedio diario de tus percepciones del último año y multiplicarlo por 15.

 

¿A dónde acudo si no me pagan mi aguinaldo?
A la Procuraduría Federal del Trabajo (PROFEDET)

 

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